El primer código, fue expedido mediante la ley del 1° de junio de 1853, por cuanto los legisladores neogranadinos se limitaron a reproducir el código de España de 1829, del cual se suprimió el libro V, sobre jurisdicción comercial y procedimientos, estas cuestiones que fueron reguladas por la ley de 16 de junio de 1853 "Sobres tribunales y juicios de comercio" dicho código constaba de 1.110 artículos, el ultimo de los cuales dispuso: "Quedan derogadas las ordenanzas de Bilbao y todas las disposiciones sustantivas sobre el comercio que hasta ahora hallan regido en la república".
El segundo código de comercio fue atribuido y complementado por una legislación de diversos aspectos en materia comercial, pero no pudo acompañarse al desarrollo vertiginoso de las actividades mercantiles.
La constitución política de 1886 abolió el federalismo y constituyo a Colombia como república unitaria con un Gobierno central, adscribió al congreso nacional la atribución de expedir códigos en todos los ramos de la legislación orgánica mercantil, pues adopto como código único el de comercio terrestre de Panamá y el Nacional de Comercio marítimo.
Ahora el que nos rige es el tercer código de comercio expedido por el decreto 410 de 1971, dictado en ejercicio de las facultades conferidas al presidente de la república por el congreso nacional en el articulo 20, numeral 15, de la ley de 1968, que consta de 54 títulos, 124 capítulos, 38 secciones y 2038 artículos, aparece con un titulo preliminar, que contiene las disposiciones generales relativas a las fuentes de normas aplicables a los asuntos mercantiles, seis libros con sus respectivos epígrafes que revelan los temas a tratar.
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